En nuestro país, al igual que en el resto del mundo, se observa la adecuación normativa de los precios de los bienes y servicios acordados en sus transacciones por empresas vinculadas. En virtud de ello, se han dictado normas legales y reglamentarias tendientes a controlar fiscalmente dichas operaciones. En este ámbito, la presentación del Director General de Rentas de la DGI, luego de la publicación del Decreto 56/009, nos permitirá un primer acercamiento a la interpretación y/o posición de la Administración Tributaria con relación a esta novedosa reglamentación de aplicación en Uruguay.